
Analizan posible pérdida de concesiones de TUCSA ante la reducción de su flota en Playa del Carmen
Playa del Carmen, Q. Roo. — La suspensión parcial del servicio de transporte público podría derivar en la pérdida de concesiones para la empresa Transportes Urbanos del Carmen (TUCSA), conforme a lo estipulado en la normativa municipal, en un escenario marcado por la disminución constante de unidades disponibles para miles de usuarios.
Durante la última sesión de la Comisión de Transporte Municipal se dio a conocer que apenas 55 vehículos de la compañía se presentaron a la revisión vehicular correspondiente al mes de septiembre. De este total, nueve unidades quedaron temporalmente fuera de circulación al incumplir con los requisitos mínimos de operación establecidos.
Revisión mecánica y condiciones de la flota
La directora de Transporte Municipal, Nayeli Molina, señaló que los concesionarios se encuentran entregando reportes y diagnósticos mecánicos, y advirtió que los autobuses suspendidos deberán superar un nuevo chequeo para comprobar que cuentan con las condiciones óptimas antes de retomar sus rutas. Asimismo, indicó que la situación de los vehículos que dejaron de operar se evaluará de forma individualizada.
La reducción de la flota contrasta drásticamente con los registros de años anteriores:
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2024: Alrededor de un centenar de unidades en circulación.
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2025: Poco más de 80 vehículos brindando servicio.
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Actualidad: Una disminución reflejada en las 55 unidades presentadas a la última revista vehicular.
Esta contracción operativa impacta de manera directa a la ciudadanía que depende a diario del transporte colectivo, viéndose obligada en ocasiones a viajar de pie en unidades que carecen de las condiciones adecuadas. Hasta el momento, las autoridades locales no han precisado el número exacto de concesiones que habrían sido revocadas bajo este supuesto.
Marco legal y causas de caducidad
El Reglamento de Movilidad, Transporte de Pasajeros y Prestación del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros en Autobús en Ruta Establecida, vigente desde agosto de 2020, contempla consecuencias severas ante la falta de operatividad:
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Artículo 43: Establece la caducidad de las concesiones cuando el servicio se suspende por más de 15 días por causas imputables al concesionario, o bien, por no otorgar la garantía requerida para la prestación del servicio.
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Artículo 44: Incluye expresamente la suspensión del servicio de transporte público como una de las causas válidas para la revocación definitiva de las concesiones.