
GOLPE MILLONARIO A MÉXICO: EL CIADI CONDENA AL GOBIERNO POR EL CASO CALICA Y ORDENA PAGAR MÁS DE 15 MDD A LEGACY VULCAN
Tras más de siete años de un encendido litigio internacional con severo impacto socioeconómico en la Riviera Maya, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) emitió el esperado laudo definitivo sobre el caso CALICA. El tribunal falló en contra del Estado mexicano, determinando que el país violó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y ordenándole pagar una indemnización de 15 millones 884 mil 117 dólares, más intereses acumulados, a la firma estadounidense Legacy Vulcan.
En un extenso expediente de 530 páginas, el órgano arbitral concluyó que las autoridades mexicanas incumplieron con el artículo 1105 del TLCAN al no otorgar un “trato justo y equitativo” a la inversión de la minera de materiales pétreos ubicada al sur de Playa del Carmen. Los intereses aplicables se calcularán con base en la tasa de los Bonos del Tesoro de EE. UU. a seis meses más dos puntos porcentuales, retroactivos al 24 de enero de 2018 y con capitalización anual, lo que incrementará sustancialmente la suma final que las arcas públicas deberán desembolsar.
El conflicto escaló de forma dramática en mayo de 2022, cuando la administración federal encabezada por Andrés Manuel López Obrador ejecutó la clausura total de la mina a cielo abierto en el municipio de Solidaridad, medida que fue incorporada como prueba medular dentro de la demanda inicial presentada por Vulcan en 2019. Aunque el proceso legal integró testimonios diversos —incluida la intervención de comunidades indígenas locales a través del representante Quetzal Tzab González—, el tribunal desestimó la reconvención de México y resolvió que cada parte asumirá sus propios gastos legales, dividiendo a la mitad los honorarios administrativos del CIADI.
La publicación oficial de este laudo marca el desenlace de una de las disputas de inversión extranjera más complejas en la historia de Quintana Roo. El dictamen sienta un precedente decisivo en la relación entre los imperativos ambientales y regulatorios del Estado mexicano frente a las certezas jurídicas que amparan los acuerdos comerciales internacionales en Norteamérica.